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En qué consisten los permisos por paternidad

Si en 2021 vamos a ser padres, estamos de enhorabuena. Nuestra legislación laboral que tiene como uno de sus objetivos principales la conciliación de la vida familiar, da un paso más, y desde este mes, los padres ya tienen un permiso completo de paternidad, equiparable al de las madres.

Este derecho, largamente acariciado por los padres, es ya una realidad. Desde este año, los padres podrán dedicarse al cuidado de sus hijos, en las mismas condiciones y con los mismos derechos que las madres, facilitando que éstas, si así lo decide la pareja, puedan incorporarse con antelación al mercado laboral.

En qué consiste el permiso por paternidad

El permiso por paternidad es exactamente igual al que disfrutaban las madres. Se trata de un permiso remunerado al 100%, con una duración total de 16 semanas tras el nacimiento o la acogida por adopción del bebé. Esta nueva medida coloca a nuestro país en uno de los países de Europa más avanzados en lo que respecta a la conciliación de la vida familiar.

Aunque ya se contempla en la esfera de los trabajadores públicos,  es una realidad en el sector privado, gracias al Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato. Este RD equipara los derechos de ambos progenitores, y establece una prestación por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.

Cubre un total de 16 semanas, de las que las seis primeras deben disfrutarse de forma ininterrumpida y obligatoria, inmediatamente después del nacimiento del bebé, y las otras 10 pueden disfrutarse de manera interrumpida, por el progenitor que lo desee, con periodos mínimos semanales, hasta que el bebé cumpla 12 meses.

El primer tramo de este periodo, que requiere un acuerdo entre la empresa y el trabajador, se debe disfrutar a jornada completa, mientras que el segundo se puede repartir entre jornada completa o jornada parcial.

Ampliación de los permisos en casos puntuales

Además, el R.D. contempla que se pueden ampliar los permisos por paternidad o maternidad en los siguientes casos: si se produce un parto múltiple, o un acogimiento múltiple, en cuyo caso se ampliará una semana para cada progenitor por cada hijo o hija, a partir del segundo hijo; en caso de que un hijo tenga discapacidad, ampliándose una semana de permiso para cada progenitor; y si se produce un parto prematuro y que requiere hospitalización por un periodo superior a 7 días a continuación del parto, con un máximo de 13 semanas.

Qué requisitos se deben cumplir para solicitar esta prestación y cómo hacerlo

En el caso de que sea el padre quien desee disfrutar de este permiso por paternidad, tendrá derecho a un periodo de excedencia laboral, por el que percibirá el 100% de su base reguladora, que además está exenta de IRPF. Esto quiere decir que la cuantía que le corresponda será neta, excluyendo horas extras, y multiplicando la cantidad diaria que correspondería en la base reguladora por los días de baja. Además, no hay obligación de aplicar retenciones ni de tributar por ellas.

Esta prestación se puede solicitar por vía telemática en el Portal de la Seguridad Social, y el requisito es contar con firma o certificado digital. Si no disponemos de firma digital, podemos solicitar una cita previa en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, mediante un formulario que refleje cómo vamos a necesitar disfrutar de estos permisos: alternos, ininterrumpidos, en múltiples periodos, etc.

El Portal de la Seguridad Social es una excelente herramienta de consulta si tenemos dudas o no sabemos cómo hacerlo, ya que incluye un completo tutorial, paso a paso, explicando cómo solicitar estos permisos.

Respecto a los papeles que se deben presentar cuando se tramita esta excedencia, se incluirá un informe de paternidad del servicio de salud, la solicitud de permiso remitida a la empresa, y el modelo oficial de solicitud de permiso por paternidad. Cuando se tramite este permiso, será necesario aportar una fotocopia del DNI, el libro de familia actualizado y la última nómina de la empresa. Es recomendable solicitar a la empresa este permiso con suficiente antelación a la fecha real en la que se necesita este permiso, para que la empresa pueda tomar las medidas necesarias de cobertura de esta baja temporal.

Uno de los requisitos obligatorios es que el padre haya cotizado a la Seguridad Social los últimos 180 días en los últimos siete años, o 360 días totales en toda la vida laboral. Este requisito es igual para los trabajadores por cuenta ajena y para los autónomos.

Evolución de los permisos por paternidad en España

Aunque aún queda mucho por hacer para conseguir esa deseada conciliación de la vida familiar, el permiso por paternidad en condiciones de igualdad para ambos progenitores, es un paso muy importante. En los últimos años, este permiso ha ido incrementándose progresivamente, y fue en 2007 cuando se aprobó esta licencia por paternidad para padres de 13 días, además de los dos habituales que se han concedido tradicionalmente por paternidad. Este permiso pasó a ser de cinco semanas en 2018, ocho en 2019, doce en 2020, y finalmente, 16 semanas en el presente año, por lo que se equiparan los permisos por paternidad que tradicionalmente han disfrutado las madres.

En estas circunstancias, y según datos que maneja la Seguridad Social, las ausencias en el trabajo por enfermedad de hijos, o los permisos de maternidad o paternidad para cuidado de hijos desde su nacimiento, se han solicitado mayoritariamente por mujeres, desde el año pasado, siendo uno de cada diez solicitantes el padre.

Este es, sin duda, un gran avance en la conciliación familiar, para equiparar los derechos de madres y padres, y facilitar la reincorporación de la mujer al mercado laboral con más celeridad. Se trata de un derecho innovador en Europa y uno de los mejores pagados de toda la UE. Es el momento de considerar que, si planeamos ser padres en breve, tenemos unos derechos más amplios a los que los padres también se pueden acoger, en igualdad de condiciones con respecto a las mujeres.